Uno de los titulares que tiene una página del Banco Mundial dice;
En la República Dominicana, los productores forestales implementan prácticas de silvicultura sostenible que aumentan los ingresos de las pequeñas y medianas empresas.
Foto: Smerlin Reyes
silvicultor Enelsito Ramos
Por tanto, es importante aclarar que la silvicultura , explica en el art. 2 de los principios de la Ley 6168 de fomento Agrícola, que abarca esa actividad en la Republica Dominicana.
TITULO PRELIMINAR DEL FOMENTO AGRICOLA Y DE LAS CONDICIONES ESENCIALES PARA LOGRARLO
1.- Fomento agrícola es el proceso encaminado a usar los recursos de la agricultura de manera integral y acelerada, para obtener la óptima producción, a fin de mejorar el nivel de vida de todos los sectores de la población.
2.- Se entiende que la agricultura abarca cultivos, ganadería, silvicultura, pesca y actividades
afines.
3.- Las condiciones esenciales para lograr el fomento agrícola de la República son las siguientes:
a) Que los trabajadores y empresarios disfruten de un sistema económico social estable, que
garantice la satisfacción de sus necesidades materiales y espirituales;
b) Que a través de la legislación de reformas agrarias se haga posible la distribución equitativa de
la tierra para asegurar su adecuado disfrute a todos los agricultores;
c) Que se mantenga un inventario de los recursos naturales que permita su mejor
aprovechamiento, renovación y conservación;
d) Que exista una organización económica que estimule el ahorro y la inversión;
- e) Que exista un sistema apropiado de crédito para lograr una producción agrícola continua que en
el tiempo se adapte a variaciones eventuales;
f) Que existan servicios de investigación, experimentación y enseñanza, que doten a los
trabajadores y empresarios agrícolas de conocimientos técnicos que permitan producir con menor
esfuerzo y con mayor eficiencia y rendimiento;
g) Que existan facilidades para adquirir herramientas, equipos, semillas, reproductores,
fertilizantes, pesticidas y demás elementos;
h) Que existan servicios para elaborar, transformar, conservar y vender los productos en
condiciones razonables; e
i) Que pueda hacerse una distribución proporcional de los beneficios de la producción en armonía
con los aportes de trabajadores y empresarios.
labarcainformativa.org
Fuente: BANCO MUNDIAL
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